Ciro Gómez Leyva y libertad de expresión
Hoy se cumple una semana del atentado contra el periodista Ciro Gómez Leyva. Esta columna la empiezo solidarizándome con él y con todas las familias de las y los periodistas asesinados en nuestro país.
Aunque el objetivo de quienes lo atacaron no se concretó, Ciro pudo haber sido el periodista asesinado número 38 en lo que va de este sexenio. Si sumamos a los 33 periodistas asesinados en los sexenios de Calderón y a los 27 asesinados en el sexenio de Peña Nieto, Gómez Leyva sería el periodista número 98 de esta desafortunada lista -de acuerdo con el registro de Artículo 19-. Gracias a que su automóvil cuenta con blindaje, él está con vida. Este intento de atentado obliga al Estado mexicano a reflexionar sobre su responsabilidad para hacer valer la garantía de la libertad de expresión, como ha sucedido con los asesinatos consumados que han demostrado la nula estrategia de protección de informadores que se tiene en México.
Desde la noche del ataque a Ciro, las autoridades de la Ciudad de México pusieron manos a la obra en la investigación y en protegerlo. Pero poco hubieran podido evitar si el auto no hubiera estado blindado. El compromiso del Estado con la libertad de expresión se sostiene no sólo en la obligación de los gobiernos de investigar los ataques, sino principalmente, en prevenirlos. El deber de prevención en libertad de expresión, según la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), supone, entre otras acciones, adoptar un discurso público que contribuya a prevenir la violencia contra los periodistas. Esto quiere decir, en palabras de la CIDH, que los funcionarios públicos tienen la obligación de abstenerse de realizar declaraciones que expongan a periodistas y trabajadores de medios de comunicación a actos de violencia.
El ataque a Ciro Gómez Leyva cumple en esta primera parte con similitudes del caso Perozo: Por un lado, el ataque se da al salir de su trabajo en Imagen Televisión. La CIDH en su informe del 2013 cita el caso Perozo y otros vs. Venezuela, en el que "la Corte Interamericana analizó una serie de actos violentos de particulares contra el canal de televisión Globovisión y trabajadores de ese medio". Otra reflexión de la CIDH se refiere a que "Los ataques [a Globovisión] se produjeron en un contexto en que altos funcionarios gubernamentales se habían referido a Globovisión y a sus propietarios y ejecutivos como 'enemigos de la revolución', 'enemigos del pueblo de Venezuela', 'fascistas'", y los habían acusado de participar en el golpe de estado".
Desde el inicio de su sexenio, el Presidente afirma que él mismo tiene derecho a la libertad de expresión y que por eso, todos los días sale a su conferencia de prensa a defenderse de las y los periodistas que hablan mal de él.
Si un periodista publica una columna o habla en la radio para informar u ofrecer su opinión sobre algún tema público, está protegido por la libertad de expresión. Si un servidor público, incluso al más alto nivel, ofrece un discurso de odio contra los periodistas que considera opositores, no está actuando en el marco del ejercicio de libre expresión. No es una opinión aislada o la conclusión de una analista en una columna, así lo indican expresamente los estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Twitter: @MaiteAzuela