Columnas - Alejandro Hope

Prisión preventiva oficiosa: no se confundan

  • Por: ALEJANDRO HOPE
  • 27 AGOSTO 2022
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Prisión preventiva oficiosa: no se confundan

El 5 de septiembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) votará sobre dos proyectos que podrían poner fin a una de las más vergonzosas prácticas de nuestro sistema de justicia: la prisión preventiva oficiosa. 

Ese desenlace no es del agrado del presidente Andrés Manuel López Obrador. En la mañanera del pasado miércoles, afirmó sobre el tema que "la esencia [de la posible decisión] es que se busca impunidad." 

Esa misma tarde, el secretario de Gobernación, Adán Augusto López, y la consejera jurídica del Ejecutivo Federal, María Estela Ríos González, emitieron un comunicado para explicar el rechazo del gobierno a la posible eliminación de la prisión preventiva oficiosa. 

La mayor parte del documento está dedicado a defender la prisión preventiva a secas. Sobre eso, no hay mucho que decir: en efecto, hay circunstancias en la que es necesario mantener en reclusión a una persona durante su proceso para "evitar... que evadan la acción de la justicia; que, en represalia por su detención, atenten contra la integridad de las víctimas o amenacen o atenten contra testigos, o que sigan cometiendo delitos".

Pero eso no es lo que va a discutir la SCJN. Pase lo que pase el 5 de septiembre, va a ser posible solicitar la prisión preventiva a una persona acusada de cometer cualquier delito. Pero, si se aprueban los proyectos a discusión, esta dejaría de ser automática (como lo es hoy para una veintena de delitos) y se tendría que justificar caso por caso ante un juez. 

Según el comunicado, eso resultaría indeseable porque "dejar en manos de los jueces la decisión de aplicar prisión preventiva oficiosa [sic], generaría una presión adicional sobre los impartidores de justicia, exponiéndolos a la corrupción y a la violencia por el tipo de delitos que implica esta figura". 

Ese argumento no parece muy convincente. Si alguien puede intimidar o corromper a jueces para que no dicten prisión preventiva, ¿por qué no intimidarlos o corromperlos para que no dicten una vinculación a proceso? Al fin y al cabo, si alguien no está vinculado a proceso, no hay prisión preventiva. Punto. 

Además, la prisión preventiva justificada ya es casi automática. Vergonzosamente, se aplica como regla y no como excepción. Según un amplio trabajo de investigación publicado el año pasado por Animal Político e Intersecta, los jueces conceden 90% de las peticiones de prisión preventiva justificada que reciben de parte del Ministerio Público (https://bit.ly/3El3qoI). 

Además, no es ocioso recordar que la prisión preventiva oficiosa no tiene ningún efecto en la incidencia delictiva: desde hace décadas, las personas acusadas de homicidio doloso han sido enviadas a prisión preventiva en automático. A juzgar por nuestro nivel de violencia letal, eso no parece tener mucho efecto disuasivo. 

¿Y entonces qué reclama el gobierno? ¿Por qué les importa tanto este tema? 

Desde la perspectiva del control político, la prisión preventiva oficiosa ofrece grandes ventajas. Basta con una imputación, por improbada que sea (pero del tipo penal adecuado), para encarcelar a alguien durante años. Las oportunidades de extorsión que ofrece ese mecanismo son enormes. 

Estas no desaparecerían con la eliminación de la prisión preventiva oficiosa. Los jueces no son particularmente exigentes con el Ministerio Público a la hora de imponer medidas cautelares. Pero al menos la parte acusadora tendría que argumentar las razones para mantener a alguien en prisión durante su proceso. Y eso, además de desnudar la incompetencia de las fiscalías, acabaría revelando los resortes de la coacción. 

Puesto de otra manera, el gobierno reclama el derecho inalienable a la ineptitud y el chantaje. 

alejandrohope@outlook.com

Twitter: @ahope71 

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