¿Qué hacer cuando fallece un beneficiario del Seguro Social o de Medicare?
Lo primero que debe hacer es informar sobre el deceso a la Administración del Seguro Social de Estados Unidos (SSA, sigla en inglés), que es el organismo encargado de procesar los informes de fallecimiento de los beneficiarios del Seguro Social y de Medicare. No reportar la muerte de una persona y seguir haciendo uso de los beneficios que esta recibía es considerado fraude.
Cuando fallece una persona en su familia, debe avisarnos lo más pronto posible. También debe proporcionar el número de Seguro Social del fallecido al director de la funeraria, ya que generalmente ellos nos informan del fallecimiento de la persona.
La SSA no puede pagar los beneficios correspondientes al mes en que murió un destinatario. Eso significa que si la persona murió en julio, debe devolver el cheque recibido en agosto (que corresponde al pago de julio).
Si el pago era realizado mediante depósito directo a una cuenta bancaria, notifique a la institución financiera lo antes posible para que pueda devolver los pagos recibidos después de la muerte.
En algunos casos, los familiares pueden ser elegibles para los beneficios cuando una persona muere. Para averiguar detalles sobre cuándo se da esta situación en específico, visite la página de Beneficios para Sobrevivientes de la SSA para obtener más información.
Contáctenos lo más pronto posible para asegurarse que su familia reciba todos los
beneficios a los que podría tener derecho.
Por favor lea la siguiente información cuidadosamente para que tenga un mejor conocimiento de los beneficios que están a su disposición.
· Podemos hacer un pago global único por fallecimiento de 255 dólares al cónyuge
sobreviviente, si éste estaba viviendo con la persona fallecida. Si no estaban viviendo
juntos la persona fallecida y el cónyuge tenía derecho a ciertos beneficios de Seguro Social bajo el registro de la persona fallecida es posible que el cónyuge sobreviviente pueda recibir este pago global. Si no hay un cónyuge sobreviviente, el pago se le hace a un hijo quien tenía derecho a recibir los beneficios de Seguro Social bajo el registro de la persona fallecida en el mes del fallecimiento.
· Es posible que algunos miembros de la familia tengan derecho a recibir los beneficios mensuales, entre ellos:
—El cónyuge sobreviviente de 60 años o más (50 años o más si está incapacitado)
—El cónyuge sobreviviente, independientemente de su edad, si tiene a su cargo un hijo de la persona fallecida, menor de 16 años o incapacitado.
—Los hijos solteros de la persona fallecida quienes son:
? Menores de 18 años (o hasta los 19 años si son estudiantes a tiempo completo
en una escuela primaria o secundaria)
? Mayores de 18 años incapacitados antes de cumplir los 22 años
—Un hijastro, nieto, nietastro, o un niño adoptivo bajo ciertas circunstancias
—Los padres de la persona fallecida, si dependían económicamente de la persona
fallecida, de 62 años o más y quienes recibían por los menos la mitad de su manutención de parte de la persona fallecida
—Bajo ciertas circunstancias, un cónyuge divorciado sobreviviente.
Si la persona fallecida recibía los beneficios de Seguro Social, usted tiene que devolver los beneficios que se recibió para el mes del fallecimiento y cualquier mes posterior.
Para hablar con uno de nuestros agentes en español, llame a nuestro número gratuito 1-800-772-1213 y oprima el número 7. Si es sordo o tiene problemas de audición, llame TTY, 1-800-325-0778. Le pedimos paciencia ya que podrá experimentar y tiempos de espera. ¡Esperamos poder servirle!