Recordatorios acerca de qué deben de hacer los recién casados al tratarse de impuestos
Cualquier persona que planifica casarse este verano debe revisar algunos asuntos tributarios después de contraer matrimonio. Cambios significativos, que incluyen un cambio en su estado civil, usualmente tienen consecuencias tributarias. Aquí hay algunas cosas que las parejas deben tener en mente después de casarse.
Cambios de nombre y dirección
Las personas que deciden cambiarse el nombre después de casarse deben reportarlo a la Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés) lo más pronto posible. El nombre que aparece en la declaración de impuestos de una persona debe coincidir con los registros de la SSA. Si no, esto puede demorar cualquier reembolso tributario. Para actualizar información, contribuyentes deben llenar el Formulario SS-5, Solicitud para una tarjeta de Seguro Social. El formulario está disponible en SSA.gov, a través del 800-772-1213 o en una oficina local de la SSA.
Si al casarse ocurre un cambio de dirección, el IRS y el Servicio Postal de Estados Unidos lo necesitan saber. Para hacerlo, las personas deben enviar el Formulario 8822, Cambio de dirección (en inglés). Contribuyentes también deben notificarle al servicio postal para que envíen su correo a la nueva dirección a través de USPS.com o de su oficina de correo local.
Revisar de nuevo la retención de impuestos
Después de casarse, las parejas deben considerar cambiar su retención de impuestos. Los recién casados deben entregar a sus empleadores un nuevo Formulario W-4 (SP), Certificado de retenciones del empleado dentro de 10 días. Si los dos cónyuges trabajan, puede ser que cambien a una categoría de impuestos más alta o pueden ser afectados por el impuesto adicional de Medicare (en inglés). Pueden usar el Estimador de retención de impuestos en IRS.gov para ayuda al completar un nuevo Formulario W-4. Contribuyentes deben revisar la Publicación 505, Retención de impuestos e impuestos estimados (en inglés) para más información.
Estado civil tributario
Las parejas casadas pueden escoger presentar el impuesto federal sobre sus ingresos juntos o de manera separada cada año. Para la mayoría de las parejas, presentar juntos es de buen juicio, pero cada pareja debe analizar su propia situación. Si una pareja se casa para el 31 de diciembre, la ley dice que están casados por el año entero para razones de impuestos.
Consejos tributarios para nuevos padres
Los niños son caros. Ya sea que haya traído un bebé a casa desde el hospital, adoptado a un adolescente de un hogar de crianza o esté criando a su nieto. Hay varias exenciones de impuestos que le pueden ayudar.
Aquí hay algunos consejos de impuestos para nuevos padres
Obtenga un número de Seguro Social o Identificación Tributaria Individual para el niño
Para reclamar exenciones tributarias para padres, el contribuyente debe tener el Número de Seguro Social de su hijo o dependiente, el Número de Identificación Tributaria de Adopción (en inglés) o el Número de Identificación Personal del Contribuyente. Confirmar el nacimiento de un niño es la única manera en que el IRS puede verificar que el padre es elegible para los créditos y deducciones que reclaman en su declaración de impuestos.
Verifique la retención de impuestos
Un nuevo miembro de la familia puede hacer que los contribuyentes sean elegibles para nuevos créditos y deducciones, lo que puede cambiar en gran medida su obligación tributaria. Pueden usar el Estimador de Retención de Impuestos del IRS para verificar su retención. Los contribuyentes deben proporcionar a su empleador el Formulario W-4 (SP), Certificado de Retenciones del Empleado, si desean cambiar la cantidad de impuestos que se retienen de su cheque de pago.
Verifique su elegibilidad para estos créditos y deducciones de impuestos
Crédito tributario por hijos
Los contribuyentes que reclaman al menos un hijo como su dependiente (en inglés) en su declaración de impuestos pueden ser elegibles para el Crédito tributario por hijos. Para obtener ayuda para determinar si un hijo califica para este crédito, los contribuyentes pueden consultar ¿Mi hijo/dependiente califica para el crédito tributario por hijos o el crédito para otros dependientes? (en inglés)
Crédito por gastos de cuidado de menores y dependientes
Si los contribuyentes le pagaron a alguien para que cuidara de sus hijos o de otro miembro de su hogar mientras trabajaban, pueden calificar para Crédito por gastos de cuidado de menores y dependientes, independientemente de sus ingresos. Los contribuyentes que pagan gastos de guardería pueden ser elegibles para reclamar hasta el 35 por ciento de sus gastos de guardería con ciertos límites.
Crédito tributario por adopción
Este crédito permite a las familias que están en el proceso de adopción durante el año tributario reclamar los gastos de adopción elegibles para cada niño elegible. Los contribuyentes pueden aplicar el crédito a adopciones de crianza temporal internacionales, nacionales, privadas y públicas.
Crédito tributario por ingreso del trabajo
El Crédito tributario por ingreso del trabajo ayuda a las familias de ingresos bajos a moderados a obtener una reducción de impuestos. Si califican, los contribuyentes pueden usar el crédito para reducir los impuestos que deben, y tal vez aumentar su reembolso de impuestos.
Crédito para otros dependientes
Los contribuyentes con dependientes que no califican para el Crédito tributario por hijos pueden reclamar el Crédito por otros dependientes. Los contribuyentes pueden usar la herramienta ¿Mi hijo/dependiente califica para el crédito tributario por hijos o el crédito para otros dependientes para ayudar a determinar si son elegibles para reclamar el crédito? (en inglés) Pueden reclamar este crédito además del Crédito por cuidado de menores y dependientes y el Crédito por ingreso del trabajo.
Para hablar con uno de nuestros agentes en español, llame a nuestro número gratuito 1-800-772-1213 y oprima el número 7. Si es sordo o tiene problemas de audición, llame TTY, 1-800-325-0778. Le pedimos paciencia ya que podrá experimentar y tiempos de espera. ¡Esperamos poder servirle!