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Trabajamos por usted

  • Por: SARAH SCHULTZ-LACKEY
  • 03 ENERO 2023
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Trabajamos por usted

Foto Archivo

En junio de 2015, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos emitió un fallo otorgándole el derecho constitucional de contraer matrimonio en todos los estados de los Estados Unidos a todas las parejas del mismo sexo y que el

matrimonio sea reconocido en otros estados.

Reconocemos los matrimonios entre las parejas del mismo sexo en todos

los estados del país al igual que uniones legales no matrimoniales (así,

como uniones civiles o una relación legal no conyugal). 

Reconocer esto nos permite considerar el estado civil de las parejas del mismo sexo al momento de determinar el derecho a los beneficios de Seguro Social, determinación del derecho y cobertura de Medicare, y Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI, por sus siglas en inglés).

También reconocemos parejas del mismo sexo y las uniones legales no

matrimoniales que se han establecido en jurisdicciones extranjeras para efectos de determinación del derecho a los beneficios de Seguro Social, cobertura de Medicare, y a los beneficios de Seguridad de Ingreso Suplementario.

Su estado civil es importante para determinar su derecho a los programas

de jubilación, sobrevivientes, Medicare, o por incapacidad del Seguro Social.

Usted o su cónyuge puede tener derecho a los beneficios, o a una cantidad mayor de beneficios basado en su relación matrimonial. Sus hijos o hijastros también podrían tener derecho a beneficios basados en la relación con

un trabajador. Para algunos cónyuges sobrevivientes, excónyuges y los adultos que desarrollaron una incapacidad en la infancia, los beneficios podrían terminar si se casan. El matrimonio también puede afectar su derecho para SSI o la cantidad del pago.

Los impuestos de Seguro Social pagan por las tres clases de beneficios:

beneficios por jubilación, beneficios por incapacidad, y beneficios por

sobrevivientes. Si tiene el derecho a recibir los beneficios por jubilación o los

beneficios por incapacidad es posible que otros miembros de su familia

puedan recibir los beneficios también. 

Si está casado o se encuentra en una unión legal no matrimonial y piensa que puede tener derecho a los beneficios, le recomendamos que solicite inmediatamente. Debe solicitar para los beneficios, incluso si no está seguro de tener derecho. Es importante la fecha de presentación de su solicitud, ya que lo protegerá de una posible pérdida de sus beneficios. Usamos esa fecha para determinar cuándo pueden comenzar potencialmente sus beneficios.

Más parejas del mismo sexo sobrevivientes ahora pueden calificar para los beneficios de sobrevivientes del Seguro Social. Si estaba en una relación del mismo sexo con una pareja que falleció, puede calificar para los beneficios de sobrevivientes del Seguro Social según el registro de su pareja.

Puede calificar para los beneficios de sobrevivientes si cualquiera de los

siguientes es cierto:

· Habría estado casado en el momento del fallecimiento de su pareja si las 

leyes estatales no se lo hubieran impedido

· Habría estado casado por más tiempo si no fuera por las leyes estatales

inconstitucionales que le impidieron casarse antes.

Recuerde consideramos el estado civil cuando realizamos la determinación de su derecho y la cantidad del pago de SSI. Por lo tanto, deberá informarnos sobre cualquier matrimonio, separación, divorcio o fallecimiento que podría afectar su derecho o la cantidad del pago. Los ingresos y recursos de su cónyuge pueden contar cuando determinamos su derecho y la cantidad de pago de SSI. Si ambos miembros de un matrimonio tienen derecho a beneficios de SSI, se le pagara el beneficio de pareja, que es menor que la cantidad que pagamos para dos personas individualmente. Si es menor de 18 años, es posible que consideremos parte de los ingresos

y recursos de sus padres en la determinación de su derecho y la cantidad de pago de SSI.

Para hablar con uno de nuestros agentes en español, llame a nuestro número gratuito 1-800-772-1213 y oprima el número 7. Si es sordo o tiene problemas de audición, llame TTY, 1-800-325-0778. Le pedimos paciencia ya que podrá experimentar y tiempos de espera. ¡Esperamos poder servirle!

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