Impulsan figura de ´familia social´
La propuesta busca garantizar que las investigaciones por desaparición continúen aun cuando fallezca la persona buscadora
José Andrés Méndez Ñeco explicó que la propuesta busca garantizar la continuidad de las investigaciones.
Colectivos de búsqueda de personas desaparecidas impulsan la creación de lineamientos que permitan reconocer legalmente la figura de la "familia social", un mecanismo que busca garantizar que las investigaciones y procesos de búsqueda continúen aun cuando fallezca la persona buscadora o ya no exista un núcleo familiar directo que pueda dar seguimiento al caso.
¿Qué es la figura de familia social?
La propuesta forma parte de los trabajos para la elaboración del reglamento de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada y actualmente es analizada en mesas de diálogo entre autoridades federales, colectivos de familiares y representantes de distintas entidades del país.
José Andrés Méndez Ñeco, vocero e integrante del colectivo Amor por los Desaparecidos en Tamaulipas, explicó que el concepto de familia social permite designar a una persona de confianza, como un amigo cercano, comadre, compañero buscador o alguien con una relación comprobable con la víctima indirecta, para que pueda continuar con los actos de investigación en caso de que quien encabezaba la búsqueda fallezca.
Detalles sobre la propuesta de reglamento
Señaló que esta figura cobra especial importancia para quienes ya no cuentan con padres, hermanos u otros familiares consanguíneos que puedan hacerse cargo de las carpetas de investigación y mantener activa la exigencia de búsqueda. Aunque el concepto de familia social ya fue incorporado en la legislación general, indicó que aún falta definir mediante el reglamento los requisitos que deberán cumplirse para acreditar esa calidad, con el objetivo de evitar un uso indebido o que personas ajenas intenten acceder a información de las investigaciones.
Entre las propuestas planteadas por los colectivos se encuentran acreditar una convivencia prolongada con la víctima indirecta mediante fotografías, testimonios de vecinos, documentos o cualquier otro elemento que permita demostrar el vínculo cercano y permanente entre ambas personas.
Méndez Ñeco explicó que, por ahora, la persona reconocida como familia social únicamente podría participar en los actos de investigación y en procedimientos como el reconocimiento de restos humanos; sin embargo, no adquiriría automáticamente la calidad jurídica de víctima ni los derechos contemplados en la Ley General de Víctimas, aspecto que también continúa en análisis.
Impacto en la búsqueda de personas desaparecidas
Durante las discusiones, reconoció que la propuesta ha generado opiniones encontradas entre algunas fiscalías estatales debido al alcance que podría tener esta nueva figura jurídica, por lo que los lineamientos serán fundamentales para establecer con claridad quiénes podrán ser reconocidos como familia social y en qué circunstancias.
El activista recordó que, cuando una persona buscadora fallece sin dejar un representante y no existen familiares directos que continúen el procedimiento, la obligación de seguir con la investigación permanece a cargo del Estado. No obstante, en caso de localizarse a la persona desaparecida sin que exista alguien que reclame el cuerpo, las autoridades realizan la búsqueda de familiares y, de no encontrarlos dentro del plazo establecido, los restos pueden ser enviados a una fosa común bajo registro e identificación genética.
Finalmente, informó que los trabajos para construir el reglamento continúan mediante mesas regionales realizadas en diferentes puntos del país. En esta ocasión, los encuentros se desarrollan en Villahermosa, Tabasco, con la participación de colectivos del sur y sureste de México, mientras que posteriormente se llevarán a cabo reuniones con representantes del noreste y norte del país para integrar las propuestas antes de concluir el documento.
