Fijan fecha límite para la Declaración de Empresas
El SAT exhorta a personas morales a cumplir en tiempo y forma con el ejercicio fiscal 2025 para evitar sanciones y recargos
Empresas tienen hasta el 31 de marzo para presentar su Declaración Anual 2025 ante el SAT.
El próximo 31 de marzo vence el plazo para que las empresas cumplan con la presentación de la Declaración Anual correspondiente al ejercicio fiscal 2025, por lo que autoridades del Servicio de Administración Tributaria Reynosa, exhortan a las personas morales a realizar este trámite en tiempo y forma.
TERMINÓ PARA PERSONAS MORALES
Las personas morales sin fines de lucro tuvieron como fecha límite el 16 de febrero para presentar su declaración anual.
Los contribuyentes inscritos en los regímenes establecidos en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como en el Régimen Simplificado de Confianza, deberán cumplir con esta obligación a más tardar el 31 de marzo.
Victor Manuel Zeferino de la Cruz, titular de la administración desconcertada de Tamaulipas 4 del servicio al contribuyente, comentó que con el objetivo de facilitar el llenado de la declaración, la plataforma digital cuenta con información precargada que permite agilizar el proceso y entre los datos disponibles se encuentran los pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio, la Participación de los Trabajadores en las Utilidades pagada, las retenciones efectivamente enteradas por concepto de ISR, así como los CFDI de devoluciones, descuentos y bonificaciones.
También se incluye información de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos y subsidio para el empleo.
Señaló que en caso de que los contribuyentes requieran modificar ingresos u otros datos precargados, será necesario presentar declaraciones complementarias: cuando exista un saldo a cargo, la actualización de la información se reflejará 48 horas después de realizado el pago, mientras que si el saldo resulta en ceros, el sistema lo mostrará en un plazo de 24 horas.
Para el envío de la Declaración Anual es indispensable contar con e.firma vigente y con acceso a un servicio de banca electrónica, ya que los saldos a cargo deberán pagarse mediante transferencia en bancos autorizados para el cobro de contribuciones federales.
LOS PLAZOS
Las personas morales sin fines de lucro tuvieron como fecha límite el 16 de febrero para presentar su declaración anual.
El próximo 31 de marzo vence el plazo para que las empresas cumplan con la presentación de la Declaración Anual 2025.
Los contribuyentes inscritos en los regímenes establecidos en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como en el Régimen Simplificado de Confianza, deberán cumplir con esta obligación a más tardar el 31 de marzo.
