Prohíben el aborto sin consentimiento de mujeres
Suprema Corte de Justicia de la Nación declara inconstitucional norma de Sinaloa
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional una norma del estado de Sinaloa que permitía interrumpir un embarazo sin el consentimiento de la mujer cuando se consideraba que estaba "imposibilitada" para otorgarlo, dando la decisión a otra persona legalmente facultada. La resolución busca proteger los derechos al libre desarrollo de la personalidad, la autonomía reproductiva y la no discriminación.
Impacto en los derechos reproductivos de las mujeres
El proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf señaló que la disposición vulneraba de manera particular a mujeres y personas gestantes con discapacidad, al permitir que terceros sustituyeran su voluntad en una decisión "profundamente personal". La Corte subrayó que la norma transmitía mensajes discriminatorios y reproducía estereotipos sobre estas personas.
Detalles sobre el caso de inconstitucionalidad en Sinaloa
El caso se remonta a 2022, cuando dos organizaciones civiles promovieron un amparo contra el artículo 158 del Código Penal de Sinaloa. Inicialmente, el juzgado desechó el asunto, pero la revisión reconoció la legitimación de una de las asociaciones, y el caso llegó al Alto Tribunal. En octubre de 2023, la extinta Primera Sala ya había declarado inconstitucional la norma por violar la autonomía y la igualdad jurídica.
Reacciones de la ministra Ortiz tras la resolución
Tras no corregirse la legislación local en los 90 días hábiles establecidos por la Constitución, el Pleno de la SCJN declaró la invalidez de la norma con efectos generales. En su comunicado, la Corte indicó que "ninguna autoridad puede volver a aplicar esa regla para decidir por ellas en materia de interrupción del embarazo", reafirmando que las decisiones sobre el cuerpo y la maternidad no pueden ser impuestas por terceros.
La ministra Ortiz destacó en redes sociales que la resolución fortalece los derechos de las personas con discapacidad al garantizar apoyos y condiciones para ejercer su autonomía. Asimismo, subrayó que las declaratorias generales permiten que una norma previamente inconstitucional deje de aplicarse a todas las personas, evitando que cada caso requiera nuevos amparos.
