Sancionados podrán ser candidatos en 2027
El IETAM aclara que estar inscrito en el padrón por violencia política no implica inhabilitación para buscar alcaldías o diputaciones
Garza Robles subrayó que el objetivo del padrón no es limitar derechos político-electorales, sino visibilizar a quienes han cometido infracciones.
Las personas inscritas en el padrón de sujetos sancionados por violencia política podrán participar como candidatas en el proceso electoral de 2027, informó la presidenta de la Comisión para los Procedimientos Administrativos Sancionadores del Instituto Electoral de Tamaulipas (IETAM), Marcia Laura Garza Robles.
La consejera explicó que formar parte de este registro no significa, por sí mismo, una inhabilitación para contender por un cargo de elección popular, ya sea a alcalde, diputado local o una regiduría, incluso en los casos relacionados con violencia política contra las mujeres en razón de género.
"La temporalidad depende de cada hecho y de cómo se individualiza la sanción, aquí es importante aclarar que el estar inscrito en este padrón no se traduce de manera instantánea ni es equivalente a una inhabilitación o algún impedimento legal para poder participar a una candidatura", dijo.
Garza Robles detalló que el padrón tiene una función informativa y de transparencia, ya que concentra los nombres de quienes han sido sujetos a un Procedimiento Administrativo Sancionador y cuya falta fue acreditada por el Ietam.
"Este padrón de sujetos sancionados lo único que significa es que es una lista de quienes hayan sido sujetos a un procedimiento especial sancionador y que eventualmente su falta se ha acreditado", explicó.
Actualmente, precisó, alrededor de 40 personas integran este registro en el ámbito estatal, además de que existe un padrón nacional al que se actualiza de manera automática la información cuando se confirma una infracción.
"Hay un padrón estatal y hay un padrón nacional y al momento de actualizarse la infracción hay una inscripción automática en ambos padrones y esto se ha decretado como legal por las autoridades jurisdiccionales, aproximadamente no pasamos de los 40 sujetos sancionados en este padrón", concluyó.
La consejera reconoció que en algunas resoluciones los tribunales electorales han realizado razonamientos respecto a si una infracción acreditada podría incidir en el requisito constitucional de "tener un modo honesto de vivir", sin embargo, puntualizó que ya existe criterio en procesos anteriores.
"Pero en procesos electorales anteriores ya se estableció el criterio de que las autoridades administrativas no pueden hacer este escarce, digamos, y tener como por incumplido este requisito", dijo.
