Blinda el Congreso pensión alimenticia
Notarios de Tamaulipas deberán consultar el Registro de Deudores Alimentarios Morosos antes de autorizar compraventas, donaciones o la constitución de empresas
La Diputación Permanente del Congreso local aprobó una reforma que evitará que los deudores alimentarios vendan o transfieran sus bienes para no cumplir con esa obligación.
La iniciativa fue presentada por el diputado de Morena, Armando Javier Zertuche Zuani, y adiciona una fracción al artículo 31 de la Ley del Notariado de Tamaulipas.
Acciones de la autoridad para proteger a la niñez
Con este cambio, los notarios estarán obligados a revisar si alguna de las personas que participa en una compraventa, donación o creación de una empresa está inscrita en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
Si es así, no podrán autorizar el trámite, salvo que la persona compruebe que ya pagó o garantizó la deuda, o que exista una autorización de un juez.
La iniciativa señala que el incumplimiento de la pensión alimenticia es una forma de violencia económica contra los menores, porque afecta directamente su alimentación, salud, educación y desarrollo.
Por eso, la propuesta se basa en el principio de interés superior de la niñez, que obliga a las autoridades a proteger los derechos de los menores por encima de otros intereses.

Detalles sobre la reforma de deudores alimentarios
En el documento de la iniciativa se explica que, aunque el estado ya cuenta con el Registro de Deudores Alimentarios Morosos desde 2022, muchas personas siguen sin pagar, a pesar de estar inscritas.
Por eso se buscó una nueva forma de presionarlos para impedirles hacer ciertos trámites relacionados con propiedades y empresas.
Al presentar el proyecto de dictamen, la diputada Lucero Deosdady Martínez López dijo que la reforma busca vincular la función de los notarios con el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, para que sea más fácil detectar a las personas que deben pensión y evitar que sigan haciendo trámites sin cumplir con esa responsabilidad.
Impacto de la reforma en la comunidad
"El derecho de alimentos constituye un derecho humano indispensable para asegurar la subsistencia y el desarrollo físico, emocional, educativo y social de niñas, niños y adolescentes, por lo que su cumplimiento no puede quedar sujeto a la voluntad de quien tiene la obligación legal de proporcionarlos", dijo Martínez López.
La diputada también aclaró que esta medida no busca quitarle a nadie el derecho de vender o disponer de sus bienes, sino poner una condición razonable para proteger primero el derecho de los menores a recibir alimentos.
