Ofrecen alternativas para contribuyentes
Servicio de Administración Tributaria amplía horario para que las personas físicas acudan a presentar su declaración anualAutoridades del Servicio de Administración Tributaria en Reynosa ampliaron el horario de atención en las oficinas desde ayer miércoles y permanecerá hasta el 30 de abril, en horario de 8:30 de la mañana a las 18:00 horas, a fin de dar más alternativas para que las personas físicas acudan a presentar su declaración anual.
Victor Manuel Zeferino de la Cruz, administrador desconcentrado de Servicios al Contribuyente de Tamaulipas 4, comentó a El Mañana que, en el marco de la campaña de la declaración anual 2024 para presentar el ejercicio 2023, durante todo el mes de abril las personas físicas tienen la obligación de presentar su declaración anual y desde ayer miércoles se cuenta con horarios más accesibles.
“Para los que gusten presentar su declaración anual, de igual manera para los que tengan algún otro requisito pendiente para cumplir con su declaración, como firma electrónica o contraseña, en el cual aquí en las oficinas les podemos dar asesoría de cómo tramitarlas o, en su defecto, si traen la cita, pues aquí les tramitamos estas herramientas”, dijo.
Explicó que la fecha límite para realizar la declaración anual es el 30 de abril, por lo que invitan a los ciudadanos a cumplir con esta obligación.
Es, prácticamente, la declaración anual, una obligación fiscal para algunos contribuyentes, personas que tienen algún tipo de negocio, que ejerzan una actividad empresarial, que se dediquen al arrendamiento de inmuebles o que estén en el régimen simplificado de confianza; también deben presentar su declaración anual las personas que tributen bajo el régimen de sueldos y salarios están obligados, a partir de un ingreso mayor de 400 mil pesos anuales y si tuvieron dos patrones simultáneamente en el mismo ejercicio.
El funcionario del SAT local explicó que afortunadamente los contribuyentes están cumpliendo, con todo que al principio la página tuvo algunas inconsistencias, pero ya funciona correctamente y pueden cumplir sin problema.
“Invitando para que cumplan de manera voluntaria con sus obligaciones fiscales y recuerden que siguen teniendo hasta el 30 de abril para presentar su declaración anual”, apuntó.
¡A PAGAR!
Cabe recordar que la fecha límite para cumplir con esta obligación fiscal y evitar multas o sanciones es el 30 de abril de 2024.
Deben presentarla las personas físicas que obtuvieron sus ingresos por, Sueldos y salarios:
De un solo patrón y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre.
Si obtuvieron ingresos distintos de salarios.
Si trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea.
Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
Si, además, obtuvieron ingresos por indemnización.
Si los ingresos por jubilación o pensiones exceden el monto previsto en el artículo 93 fracción IV y V de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede de 400 mil pesos.
Servicios profesionales.
Actividades empresariales:
Plataformas tecnológicas
Región fronteriza
Régimen de Incorporación Fiscal con coeficiente de utilidad.
Arrendamiento de bienes inmuebles.
Enajenación o adquisición de bienes.
Intereses o dividendos.
Régimen Simplificado de Confianza.