Abre Corte detalles de emisión de metano de Pemex
La Suprema Corte de Justicia ordenó hoy difundir cifras detalladas del diagnóstico de emisiones de gas metano de Pemex Logística
CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia ordenó hoy difundir cifras detalladas del diagnóstico de emisiones de gas metano de Pemex Logística, al considerar que este tipo de información ambiental no puede ser clasificada como reservada.
Por unanimidad, la Primera Sala de la Corte resolvió que sí es posible difundir el número o cantidad total de las emisiones de metano, que se cuantifican en gramos, kilogramos o toneladas, generadas por cada pozo, componente o equipo al que se refiere el diagnóstico.
Pemex es uno de los mayores emisores de metano del mundo, aunque en su informe de sostenibilidad 2023, afirmó haber reducido dichas emisiones en 14.6 por ciento, a 665 mil toneladas.
El fallo se refiere a Pemex Logística, que es la filial que menos metano genera, pues el 85 por ciento proviene de la exploración y producción de hidrocarburos. El metano es un gas de efecto invernadero.
"Poner a disposición de la ciudadanía el dato concreto sobre la cantidad de emisiones de metano que los regulados (Pemex) generan por las actividades que realizan en el sector hidrocarburos, conlleva un beneficio público y que de ninguna manera genera un riesgo en la seguridad nacional ni la confidencialidad en los procesos industriales", explicó la Corte.
"Por el contrario, contribuye a otorgar certeza y confianza en las autoridades encargadas de llevar un control y prevención ambiental en esta materia pues, con esta publicidad, se podría comprobar si el Estado Mexicano ha dado cumplimiento y seriedad no sólo a su propio marco jurídico, sino también a los compromisos internacionales".
La Corte recordó que, en 2018, México se comprometió a reducir para 2025 las emisiones de metano del sector hidrocarburos, entre 40 y 45 por ciento.
El diagnóstico en cuestión está bajo custodia de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA), que se negó a entregarlo a una solicitante, decisión que luego fue confirmada en lo principal por el ahora extinto Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI).
La sentencia aclara que el amparo deberá ser cumplido por Transparencia para el Pueblo, la oficina de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG) que es la nueva encargada del tema en el Poder Ejecutivo.
La Corte confirmó la decisión del INAI de mantener como reservada, por razones de seguridad nacional, la información sobre metodología y procesos, así como la ubicación o datos específicos sobre los componentes, instalaciones, pozos y equipos, utilizados por Pemex.
También confirmó la clasificación de estos datos como confidenciales, por secreto industrial, lo que quiere decir que no pueden ser abiertos al público pasado cierto tiempo de reserva.