Jueza a la jarocha
"Es difícil hacer justicia a quien nos ha ofendido" Francisco de Quevedo
Desde hace semanas, ha cobrado relevancia a nivel nacional, el caso de Angélica Sánchez Hernández, quien fungía como Juez de Control del Distrito Judicial de Cosamaloapan, en Veracruz, existiendo diversos pronunciamientos de las principales figuras políticas respecto a las dos detenciones a las que ha sido sujeta. Primeramente, recordemos que dicha juzgadora fue detenida el 5 de junio del presente año, supuestamente por haber agredido a elementos de la Secretaría de Seguridad Pública, sin embargo también se refirieron casos de corrupción.
Ante esto, solo estuvo detenida dos días y no fue vinculada a proceso, promoviendo amparo y obteniendo suspensión. Luego, el dieciséis de este mes, la Jueza volvió a ser detenida por la Comisión Nacional Antisecuestro en la Ciudad de México, por supuestos delitos contra la fe pública y tráfico de influencias.
Al respecto, el gobernador de Veracruz ha referido públicamente que existen varias carpetas en contra de la juzgadora y señala la liberación de un presunto criminal. Por su parte, el senador con licencia Ricardo Monreal ha expresado su solidaridad con la Juez, y el Instituto Federal de Defensoría Pública y la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) han dado seguimiento al asunto, incluso no se les permitió la entrada a la audiencia de vinculación a proceso y cuya asistencia obedecía a la petición que habían realizado sobre la revisión de la medida cautelar de prisión preventiva. Sin embargo, se dictó auto de vinculación a proceso en contra de la juez Angélica Sánchez, por los delitos señalados, y ordenándose prisión preventiva justificada. En mérito de lo anterior, en entrevistas a medios de comunicación el Presidente de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados ha señalado que se está dando un abuso a la prisión preventiva justificada, dado que refiere que los delitos imputados no requieren de dicha medida cautelar.
Por otra parte, cabe señalar, que el artículo 78 de la Constitución Política del Estado de Veracruz contempla los supuestos de las diversas autoridades sujetas a declaración de procedencia, sin que en el caso se señale a la figura de jueces pertenecientes al Poder Judicial del Estado de Veracruz, razón por la cual no pudiese haber sido protegida por la Constitución Local por la figura del fuero; a diferencia de lo que señala la Constitución Política de Tamaulipas en su precepto 152, pues éste refiere que para proceder penalmente contra los Jueces, así como contra otros servidores públicos del alto nivel, el Congreso deberá declarar procedente la acción, es decir, cuentan con fuero constitucional.
Sobre el tema de que los juzgadores locales no cuente con la protección referida, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha referido en la Tesis: P. LVII/2009 con Registro digital: 165833, en donde señaló principalmente que si bien los Jueces Locales, realizan una función jurisdiccional relevante dentro de la entidad federativa, no es necesario garantizar su desempeño por ese medio (fuero), porque a diferencia de los Magistrados, no son órganos terminales en la jurisdicción local ni en ellos se deposita el Poder Judicial del Estado, en términos del artículo 116, fracción III, de la Constitución de la República, que presuponga que pueden quedar sujetos a presiones o interferencias efectivas al realizar su función, pues sus fallos y decisiones están ordinariamente sujetos a revisión.
La Jueza veracruzana está enfrentando una serie de procesos penales, de los que nos enteramos únicamente a través de las noticias, por lo que establecer un criterio sobre si existen realmente elementos o no delictivos, sería sumamente aventurado e impropio; lo que sí llama la atención, es la serie de prejuicios a la servidora judicial, debido a que para diversas autoridades gubernamentales del estado de Veracruz, la licenciada era culpable desde antes de ser procesada.
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