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SSI para las personas que no son ciudadanas de los Estados Unidos

  • Por: SARAH SCHULTZ-LACKEY
  • 22 AGOSTO 2023
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SSI para las personas que no son ciudadanas de los Estados Unidos

Para tener derecho a recibir Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI, por sus siglas en inglés) si no es ciudadano de los Estados Unidos, debe estar en una de clasificaciones otorgadas por el Departamento de seguridad nacional de los Estados Unidos  (DHS, por sus siglas en inglés): 

• Fue admitido legalmente para residencia permanente

• Se le concedió entrada condicional

• Está en libertad condicional en los Estados Unidos

• Fue admitido como refugiado

• Se le concedió asilo

• Es un extranjero cuya expulsión se está reteniendo

• Es un participante cubano o haitiano

• Fue admitido como inmigrante amerasiático

• Fue admitido como inmigrante especial afgano o iraquí

• Fue admitido como una persona con un permiso de permanencia temporal humanitaria afgana, o en libertad condicional inmigrante no especial afgana

• Fue admitido como una persona con un permiso de permanencia temporal humanitaria ucraniana

Además de estar en una de las categorías anteriores, también debe cumplir con uno de estos requisitos para recibir SSI como persona que no es ciudadana:

• Vivía legalmente en el país el 22 de agosto del 1996 y está ciego o desarrollo una incapacidad

• Recibía beneficios de SSI el 22 de agosto de 1996 y vive en los Estados Unidos legalmente

• Fue legalmente admitido para residencia permanente, y tiene un total de 40 créditos de trabajo en los Estados Unidos (El trabajo de su cónyuge o sus padres también podría contar)

• Es veterano o miembro en servicio activo de las fuerzas armadas de los Estados Unidos, o cónyuge o dependiente de un veterano o miembro en servicio activo de las fuerzas armadas de este país

• Es un indio americano nacido en Canadá

• Es un miembro no ciudadano de una tribu indígena reconocida a nivel federal

• Es víctima de tráfico humano de forma severa. Hay otros que pueden ser elegibles para recibir pagos 

Límite de siete años para ciertas

personas que no son ciudadanas

Algunas personas que no son ciudadanas de los Estados Unidos pueden recibir SSI hasta por 7 años. Si sus beneficios de SSI están limitados a siete años debido a su estado inmigratorio, le enviaremos una carta informándole cuándo terminará su período de 7 años. Antes de cesar sus pagos, le enviaremos otra carta que explica sus derechos de apelación.

Créditos de trabajo

El historial de trabajo de una persona determina su tiene derecho a beneficios de Seguro Social, así como el derecho a SSI para algunas personas que no son ciudadanas. Usted acumula créditos de trabajo basado en la cantidad de dinero que ha ganado. La cantidad necesaria para acumular un crédito de trabajo aumenta un poco cada año según aumentan los niveles de ganancias promedio.

Para los beneficios de Seguro Social, usted puede recibir

un máximo de 4 créditos por año. Una persona que no es ciudadana también puede recibir hasta cuatro créditos adicionales por año basados en el trabajo de su cónyuge o de sus padres.

Los créditos de trabajo permanecen indefinidamente en su registro de Seguro Social. Los créditos de trabajo adicionales de parte de un cónyuge o de los padres ayudan para tener derecho a los beneficios, pero no son anotados en el registro de

trabajo de la persona que no es ciudadana y no cuentan para determinar la cantidad de los beneficios.

Puede presentar una solicitud nueva

Si sus pagos de SSI cesan debido a que no tiene derecho a beneficios porque no es ciudadano, puede solicitarlos nuevamente. Comuníquese con nosotros inmediatamente si se convierte en ciudadano de los Estados Unidos, su estado inmigratorio cambia y piensa que tiene derecho a beneficios, o si tiene 40 créditos de trabajo. Necesitará presentarnos su Certificado de Naturalización u otros documentos que muestren su estado inmigratorio al presente.

Para hablar con uno de nuestros agentes en español, llame a nuestro número gratuito 1-800-772-1213 y oprima el número 7. Si es sordo o tiene problemas de audición, llame TTY, 1-800-325-0778. Le pedimos paciencia ya que podrá experimentar y tiempos de espera. ¡Esperamos poder servirle!

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