Alivio fiscal para los contribuyentes afectados por tormentas severas

El Servicio de Impuestos Internos (IRS) anunció hoy un alivio fiscal para personas y empresas en las zonas de Texas afectadas por tormentas severas, vientos fuertes e inundaciones que comenzaron el 2 de julio de 2025. Estos contribuyentes tienen hasta el 2 de febrero de 2026 para presentar diversas declaraciones de impuestos federales, tanto individuales como empresariales, y realizar sus pagos.
Tras la declaración de desastre emitida por la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA), las personas y hogares que residen o tienen un negocio en el Condado de Kerr califican para el alivio fiscal.
En consecuencia, las personas y empresas afectadas tendrán hasta el 2 de febrero de 2026 para presentar sus declaraciones y pagar los impuestos que debían originalmente durante este período.
La fecha límite de presentación es el 2 de febrero de 2026 para:
- Cualquier persona física, empresa u organización exenta de impuestos que tenga una prórroga válida para presentar su declaración de 2024, que vence el 15 de octubre de 2025.
- Los pagos trimestrales estimados del impuesto sobre la renta vencen el 15 de septiembre de 2025 y el 15 de enero de 2026
- Las declaraciones trimestrales de nómina e impuestos especiales vencen el 31 de julio, el 31 de octubre de 2025 y el 31 de enero de 2026.
- Las sociedades colectivas y corporaciones S con año calendario vencen el 15 de septiembre de 2025
Las corporaciones con año calendario vencen el 15 de octubre de 2025.
Las organizaciones exentas de impuestos con año calendario vencen el 17 de noviembre de 2025.
El IRS señala, sin embargo, que los pagos de declaraciones con una prórroga de presentación no dan derecho a plazo adicional, ya que las prórrogas de presentación solo se aplican a la presentación de la declaración y no a los pagos.
Si un contribuyente afectado recibe del IRS una notificación de multa por presentación o pago tardío cuya fecha de vencimiento original de presentación, pago o depósito cae dentro del período de aplazamiento, debe llamar al número de teléfono que figura en la notificación para que el IRS condone la multa.
El IRS identifica automáticamente a los contribuyentes ubicados en la zona de desastre cubierta y aplica el alivio de presentación y pago. Los contribuyentes afectados que residen o tienen un negocio ubicado fuera de la zona de desastre cubierta deben llamar al número gratuito de Servicios Especiales del IRS al 866-562-5227 para solicitar este alivio tributario.
Los profesionales de impuestos en la zona de desastre cubierta que mantienen los registros necesarios para cumplir con la fecha límite de presentación o pago para los contribuyentes ubicados fuera de la zona de desastre pueden comunicarse con los Servicios Especiales del IRS; si el profesional mantiene los registros necesarios de diez o más clientes, consulte la sección "Solicitudes masivas de profesionales para alivio en caso de desastre" para obtener más información.
Contribuyentes afectados
Los contribuyentes considerados afectados que pueden optar a la prórroga para presentar declaraciones, pagar impuestos y realizar otros trámites urgentes son aquellos que figuran en el Reglamento del Tesoro, e incluyen a las personas físicas y jurídicas (incluidas las organizaciones exentas de impuestos) que residen en la zona de desastre cubierta ya las empresas (incluidas las organizaciones exentas de impuestos) cuyo domicilio social se encuentra en dicha zona. Los contribuyentes que no se encuentren en dicha zona, pero cuyos registros necesarios para cumplir con una fecha límite establecida en el Reglamento del Tesoro, se encuentren en dicha zona, también tienen derecho a la exención.
Además, todos los trabajadores de socorro afiliados a una organización gubernamental o filantrópica reconocida que colaboran en las actividades de socorro en la zona de desastre cubierta, así como cualquier persona que visite dicha zona y haya fallecido o resultado herida como consecuencia del desastre, tienen derecho a recibir ayuda.
Los pagos estimados del impuesto sobre la renta que vencían originalmente el 2 de julio de 2025 o después se posponen hasta el 2 de febrero de 2026, y los contribuyentes afectados no estarán sujetos a sanciones por incumplimiento del pago de las cuotas estimadas, siempre que dichos pagos se realicen el 2 de febrero de 2026 o antes.
Pérdidas por hechos fortuitos
Los contribuyentes afectados en una zona de desastre declarada por el gobierno federal tienen la opción de reclamar las pérdidas por hechos fortuitos relacionados con el desastre en su declaración federal de impuestos sobre la renta, ya sea del año en que ocurrió el evento o del año anterior.
Para los contribuyentes con un acuerdo de pago a plazos o un plan de pago, se seguirán emitiendo recordatorios y se continuarán los débitos directos. La falta de pago no causará el incumplimiento del acuerdo durante el período de aplazamiento.
Esto significa que el acuerdo permanecerá vigente, incluso si no se realizan pagos del acuerdo a plazos hasta el 2 de febrero de 2026. Sin embargo, los intereses y cargos por mora habituales continuarán acumulándose durante este período.
Los contribuyentes que deseen suspender los pagos por débito directo deben comunicarse con el número gratuito de Servicios Especiales del IRS al 866-562-5227 o con su banco para obtener ayuda.
Para hablar con uno de nuestros agentes en español, llame a nuestro número gratuito 1-800-772-1213 y oprima el número 7. Si es sordo o tiene problemas de audición, llame TTY, 1-800-325-0778. Le pedimos paciencia ya que podrá experimentar y tiempos de espera. ¡Esperamos poder servirle!